Jesús María Ramírez Sánchez, socio de AETU, presenta "Urbanismo para una nueva ciudad. El Principio de desarrollo urbano sostenible" Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2021, 647 págs.
El reciente libro de Jesús María RAMÍREZ SÁNCHEZ, Doctor en Derecho, abogado urbanista socio de AETU, “Urbanismo para una nueva ciudad. El Principio de desarrollo urbano sostenible”, pretende analizar cómo se ha incorporado el nuevo paradigma de urbanismo sostenible en nuestro derecho positivo, y cómo influye en los poderes públicos, administraciones y particulares, en la configuración del nuevo sistema urbanístico español. Así como conocer la aplicación del nuevo modelo urbano en los instrumentos de planeamiento general y en la jurisprudencia más reciente, que eleva a la categoría de principio rector del sistema urbanístico español.
La irrupción de la sostenibilidad como nuevo principio central de nuestro urbanismo, viene a sustituir ese modelo expansivo caracterizado por las bajas densidades, la movilidad motorizada individual, la zonificación, o el mito de la liberalización del suelo, etc, por la idea hoy dominante en la doctrina de la ciudad compacta, mixta, diversa, respetuosa con el medio ambiente, y más humana, por otra forma de entender y desarrollar el territorio.
Todo ello para poder concluir cuales son los elementos en que se fundamenta la afirmación, que mantiene el autor como conclusión, y es que estamos ante un nuevo y único paradigma del urbanismo español para el siglo XXI, sustentado en el bloque ambiental de la Constitución Española de 1978, que supera el concepto de la producción de la ciudad como una factor de desarrollo económico para ser sustituido por un urbanismo sostenible preocupado por dar cumplimento a distintos derechos sociales de los ciudadanos
Pero el libro se interesa no solo por los aspectos legales de los instrumentos para lograr un desarrollo urbano sostenible, sino también los aspectos sociales, ambientales, económicos y arquitectónicos del modelo urbano. Así, una de sus preocupaciones esenciales es la indudable preeminencia que ha ocupado en nuestras leyes urbanísticas la figura del plan, y, más en concreto, el plan general de ordenación urbana, y cómo las leyes urbanísticas a partir de la de 1992, lo fueron configurando como un instrumento cada vez más complejo y alejado de la realidad. Y no solo en lo material, sino también en lo procedimental, lo que ha conducido a la “alta mortalidad judicial” de los planes generales a la que se asiste desde hace poco más de un lustro.
El urbanismo siempre ha sido una realidad compleja y multisectorial, en la que son necesarias intervenciones sociales; la garantía de derechos de los habitantes legales; políticas activas de vivienda o de fomento de actividades económicas diversas; la renovación o supresión de grandes infraestructuras, o la creación de nuevas dotaciones. Las referidas actuaciones de construcción de la ciudad deberán contar con una previa participación ciudadana; un respaldo y consenso social para ser aceptadas, y una definición y dirección multidisciplinar que permita superar los viejos estereotipos de entender el urbanismo como una disciplina encomendada —casi en exclusiva— a técnicos, expertos y a los arquitectos. Y más en este nuevo paradigma ambiental o de urbanismo ciudadano, ecológico o ecosistémico.
El libro parte de un repaso histórico de los diferentes hitos que, en el seno de las Naciones Unidas y, esencialmente, en la Unión Europea, han acabado por conformar el denominado urbanismo europeo, plasmado en un modelo de ciudad y de ocupación del territorio anclado y basado en el principio de desarrollo urbano sostenible, para analizar la repercusión del mismo en nuestro sistema urbanístico desde 2007.
Pero para conocer el presente, se tras analiza en profundidad como se había ido configuran la idea de modelo urbano —y su repercusión social— en las leyes anteriores desde 1956, y como, no sin tensiones, se ha concluido con la sustitución de nuestro tradicional urbanismo de Ensanche
Se hace un examen de las legislaciones autonómicas urbanísticas post Ley de suelo de 2007, agrupadas en varios bloques atendiendo al modo en el que se ha afrontado el reto de adaptarse al nuevo principio de desarrollo urbano sostenible; del planeamiento general, examinándose hasta 64 planes generales (capitales de Comunidad Autónoma y de provincia y municipios con más de 200.000 habitantes), concluyendo que la pocas ciudades que se han decidido por revisar el plan general desde 2007, han interiorizado plenamente que el modelo de desarrollo urbano sostenible es el único posible, al menos en sus principios orientadores.
También se hace, Capitulo V, un amplio examen de cómo la jurisprudencia ha ido asumiendo el modelo de desarrollo urbano sostenible como principio fundamental del derecho urbanístico, en forma de reducción de la discrecionalidad que tradicionalmente se ha reconocido en nuestro ordenamiento a favor del planificador urbanístico. De este modo, cualquier tentación “desarrollista” toparía en este caso con dicha interpretación judicial.
El Capítulo VI, «Nuevos retos para el modelo de desarrollo urbano sostenible», el libro con un ánimo propositivo incide en aquellas cuestiones que juzga imprescindibles para consolidar, en el sistema urbanístico español, el cambio de paradigma hacia la sostenibilidad. Cabe destacar su evidente actualidad, pues introduce las consecuencias de la pandemia de la COVID-19 en el discurso, y su efecto en el modelo urbano. Así, se analizan análisis de los nuevos modelos, como la denominada supermanzana o la “ciudad del cuarto de hora” (en referencia a que todo lo esencial que pueda necesitarse se encuentre a menos de 15 minutos de casa, a pie o en bicicleta).
Se estudian con profundidad fenómeno de gentrificación, propio de ámbitos rehabilitados de grandes ciudades, separando los efectos perversos y los beneficiosos, proclamando lo que denomina gentrificación socialmente justa, esencialmente en materia de realojos y retornos. Del mismo modo, examina el concepto de turistificación y su influencia en el modelo de ciudad.
El ejercicio del derecho al acceso a la vivienda a través de las figuras de las denominadas viviendas dotacionales públicas, esto es, la categorización como dotación pública de las tradicionales VPO en régimen de alquiler, u otras experiencias mucho más novedosas, como el cohousing; o qué debemos entender por ciudad saludable y movilidad sostenible, o su defensa de cómo la participación ciudadana resulta esencial a la hora de construir este nuevo modelo de ciudad.
Por último, se analiza la efectividad del principio de desarrollo urbano sostenible, para lo que se propone la implantación de un “test de sostenibilidad” que permitiría conocer si realmente un plan responde o no en su contenido a los principios de este nuevo modelo urbano. Todo ello a través de la articulación de un sistema de indicadores que permitiesen tal evaluación. Ahora bien, este test de sostenibilidad partiría de la base de una reconfiguración del planeamiento urbanístico como algo mucho más estratégico, propositivo y mucho menos ordenancista, complejo y rígido que el modelo actual al que se invita a superar en la línea y emprendía por algunas Comunidad Autónomas.
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